martes, 4 de mayo de 2010

DEBATE MERCANTIL

DEBATE MERCANTIL

Un juicio es un proceso legal, pero cuando se va a poner en práctica un juicio es necesario que el abogado determine si pertenece al derecho civil o mercantil. Pues existen grandes diferencias sustanciales, pero también existen leyes que se asemejan al derecho civil, acusa de la reforma que surge en México en el año de 1996.

Algunas de las diferencias que se encuentran en la materia es que la civil es local y la mercantil federal, la ley aplicable en materia comercial es el código de Comercio, tanto para el proceso de fondo como para el aspecto procesal y en materia civil los procedimientos deben cumplir los requisitos en la forma prevista por la ley, cuando existe una deficiencia en el Código de Comercio, ésta se compensa con la aplicación supletoria dependiendo los códigos de las entidades en las que se tramita el juicio respectivo, pero esto no sucede en materia civil.

La falta de una diferenciación clara entre el derecho civil y mercantil impide precisar cual es la vía adecuada para demandar en ciertos casos específicos, así como determinar si pueden ejercitarse conjuntamente acciones civiles y mercantiles.

Es muy cierto que existan casos en que aunque el derecho es publico o privado y a su vez el privado se divide en civil y mercantil no exista norma alguna para regular un caso específico en materia mercantil y se recurrirá a la jurisprudencia, pero lo que la cita anterior de Eduardo Castillo establece es verdad y anteriores capítulos se manejó. La jurisprudencia sólo se va aplicar cuando en las leyes establecidas no se encuentre resolución alguna, pero para realizarla deben partir de las leyes que más se apeguen a la situación del caso que se presente.

Carácter de Materia mercantil y Jurisdicción

La materia mercantil tiene el carácter federal como se plantea en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se refiere a las facultades del congreso y dice que en la República para legislar sobre minería, industria, juegos de sorteo y apuestas se deben expedir las leyes del trabajo que se encuentran en el artículo 123, por eso se dice que la materia mercantil es de carácter federal.

Hay un inconveniente porque la ametría mercantil aunque es federal por lo que los tribunales federales deben conocer sus controversias, pero el error que se observa es que la gran mayoría de los asuntos mercantiles, se presentan para su trámite ante jueces del fuero común.

Esto es posible por la llamada jurisdicción concurrente, definida como aquella que permite conocer de una misma materia a órganos jurisprudenciales de esferas jurídicas distintas. Tienen su regulación en el artículo 104 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: los tribunales de la federación deben conocer de todas las controversias del orden civil o criminal que se suscite sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de os tratados (de libre comercio) internacionales celebrados por el Estado Mexicano.

Lo que se presenta en la cita anterior es un punto importante, pues recordemos que México ha establecido diversos contratos con varios países pero un requisito claro es conocer los órganos jurisprudenciales de los países con quien se va a celebrar el contrato, es una idea clara ya que nosotros no podemos entablar una amistad para algún beneficio sino sabemos como es la otra persona y podríamos llegar a cometer errores que traerían consecuencias para nosotros.

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